El Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca, ante la emergencia sanitaria que atraviesa el Ecuador, comunicó al sector productivo del país que la circulación de vehículos y el transporte de carga están permitidos durante el Estado de Excepción.
A través de un comunicado, emitido este martes, 17 de marzo del 2020, se ratifica que no se afectará el tránsito de todas las personas y mercancías directamente relacionadas con las cadenas de producción y abastecimiento de todo tipo de alimentos primarios y procesados, bebidas, medicinas y productos de limpieza, higiene y desinfección; así como los relacionados a sus proveedores de insumos, materias primas, mantenimiento de equipos industriales y médicos, y servicios (limpieza, seguridad, etc.), necesarios para su operación local y exportación.
Además, los trabajadores y colaboradores vinculados con estas actividades productivas deberán contar con su identificación de la empresa y el respectivo salvoconducto para la circulación y prestación de servicios. El documento deberá detallar el producto, empaque o tipo de gestión que desarrollan. Además, tiene la facultad de liberar las restricciones de circulación, de la medida hoy no circula, y del toque de queda.